Identificacion de tuberías. Cuando una tubería conduzca agua no potable deberá estar identificada clara y permanentemente mediante distintivos adecuados que así lo indiquen.
Digesto
D.4282.1
Uniones de tuberías. Las tuberías de distribución de agua potable deberán ser de material homogéneo en todo su recorrido.
D.4278.20
Ventilación de interceptores y decantadores. Los interceptores o decantadores deberán ventilarse adecuadamente y no deberán diseñarse de forma que puedan generar bolsas de aire en ellos cuando sean utilizadas tapas de cierre hermético.
D.4278.19
Decantadores de barros o arenas. En locales donde se puedan producir sólidos pesados deberá colocarse un decantador de barros o arenas de fácil accesibilidad y limpieza antes del ingreso al sistema de desagües.
D.4278.18
Interceptores de aceites o combustibles livianos.
D.4278.17
Ubicación de interceptores y decantadores. Los interceptores o decantadores deberán estar ubicados en lugares ventilados y que posean accesibilidad adecuada para su mantenimiento y limpieza periódica.
D.4278.16
Características generales. Los interceptores de grasas deberán ser construidos de materiales resistentes a la corrosión, inalterables e impermeables a la acción de los residuos que concurren a él, y su superficie interior deberá ser perfectamente lisa.
D.4278.15
Interceptores de grasa. En el desagüe de toda pileta de cocina o aparatos instalados en zonas de elaboración de comidas, como restaurantes, cocinas de hoteles, escuelas, bares, cafeterías o clubes, heladerías, panaderías, plazas de comida, etc.
D.4278.14
Aprobación. El tamaño, tipo y localización de interceptores o decantadores prefabricados o hechos in situ deberán cumplir con lo establecido en la Sección anterior y el referente a materiales, accesorios y aparatos y sus reglamentaciones.
D.4278.13
Reqiuerimiento de instalación.
