Back to top

Digesto

R.58

Requerimiento de informes técnicos.
En cualquier etapa de la sustanciación de un expediente podrá solicitarse el informe técnico que se estime necesario. El pedido de información deberá formularse indicándose concretamente las cuestiones que se consultan.

R.56

Terceros afectados por una solicitud.

R.55

Acto de oficio. Determinación de las personas a que refiere.

R.52

Publicación de avisos.
Toda vez que haya que justificar la publicación de avisos, éstos se recortarán y se pegarán en una hoja de papel, certificando el /la funcionaria/o que haga la agregación el número, fecha y nombre del diario o periódico a que pertenecen los avisos.

Páginas

Suscribirse a Digesto