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A.138

Los preceptos de la presente Constitución que reconocen derechos a los individuos, así como los que atribuyen facultades e imponen deberes a las autoridades públicas, no dejarán de aplicarse por falta de la regla­mentación respectiva, sino que ésta será suplida, recu­rriendo a los fundamentos de leyes análogas, a los princi­pios generales derecho y a las doctrinas generalmente admitidas.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
138
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título I, Art. 138
Fuentes
Fuente: 
art. 332
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.A.0138.0000.0000.0000.0000