Creación de la Mesa del Congreso de Intendentes.
Créase, directamente jerarquizado al Congreso de Intendentes, un órgano con funciones ejecutivas y de administración, bajo la denominación de Mesa del Congreso de Intendentes.
Este órgano estará integrado por el Presidente, el primer y el segundo Vicepresidente del Congreso de Intendentes.
Podrá también funcionar bajo la modalidad de Mesa del Congreso de Intendentes Ampliada, en cuyo caso se integrará con el Secretario Ejecutivo del Congreso y los tres Consejeros.
Las autoridades del Congreso de Intendentes serán elegidas de acuerdo a lo previsto en su Reglamento de Funcionamiento.
Modificación presupuestal de 2008/2010; SECCIÓN II, ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA, ART. 5º MODIFICACIÓN.