Back to top

A.406

La Junta Asesora en Materia Económico Financiera del Estado es el órgano público encargado de asesorar y asistir a los tribunales judiciales con competencia penal, cuando éstos lo dispongan, de oficio o a requerimiento del Ministerio Público.
Asesorará a nivel nacional en materia de los delitos previstos por la ley 17.060, del 23 de diciembre de 1998, contra la Administración Pública (Titulo IV, excluyendo los Capítulos IV y V del Código Penal), y contra la Economía y la Hacienda Pública (Titulo IX del Código Penal), que se imputen a alguno o algunos de los funcionarios públicos enumerados en los arts. 10 y 11 de la citada ley(*).
La Junta Asesora tendrá también los cometidos que se mencionan en los apartados B a I del artículo 11 del presente decreto(**).

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
406
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. VIII, Secc. I, Art. 406
Notas: 

Ver: (*) Se refiere a los  artículos 392 y 393 del Volumen I del Digesto Departamental.

(**) Se refiere al artículo 412 del Volumen I del Digesto Departamental.

Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0008.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.A.0406.0000.0000.0000.0000