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A.487

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas y los Gobiernos Departamentales correspondientes podrán poner a disposición de las empresas concesionarias, en las condiciones que se establezcan en el llamado, los elementos de carácter técnico, proyectos, dirección de obra y equipamiento necesarios para la realización de la obra.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
487
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XXV, Art. 487
Fuentes
Fuente: 
art. 56
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0025.0000.0000.0000.0000.A.0487.0000.0000.0000.0000