Back to top

A.494

Quedan comprendidos en lo dispuesto en el artículo 2 de la presente ley los albergues estudiantiles de carácter turístico, las posadas, pulperías y otros negocios típicos y restaurantes cercanos a los solares históricos.

 

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
494
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Art. 494
Fuentes
Fuente: 
art. 3
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0494.0000.0000.0000.0000