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A.501

La Comisión creada en el artículo 1 de la presente ley(*) coordinará la visita de los alumnos del último año escolar y liceal a los lugares de atractivo turístico, histórico y cultural, en especial los contenidos en la Guía Turística Nacional Histórica Cultural y a su vez coordinará con las Intendencias Municipales respectivas, la realización de eventos culturales en los declarados monumentos históricos.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
501
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XXX, Art. 501
Notas: 

Ver: (*) Se refiere al artículo 492 del Volumen I del Digesto Departamental.

Fuentes
Fuente: 
art. 10
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0030.0000.0000.0000.0000.A.0501.0000.0000.0000.0000