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A.513

Podrán ser usuarios del presente régimen, los organismos de la Administración Central, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos Departamentales y personas de derecho público no estatal, con quienes podrá comunicarse directamente y de quienes podrá requerir todo tipo de información necesaria para el cumplimiento de sus cometidos.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
513
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XXXIII, Art. 513
Fuentes
Fuente: 
art. 129
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0033.0000.0000.0000.0000.A.0513.0000.0000.0000.0000