(Atribuciones de los miembros del Gobierno Municipal). Son atribuciones de los miembros del Gobierno Municipal:
I. Proponer al Gobierno Municipal planes y programas de desarrollo local;
II. Participar en las sesiones del Gobierno Municipal y emitir su voto a fin de adoptar las decisiones del órgano;
III. Colaborar con el Alcalde o Alcaldesa para el cumplimiento de los cometidos del Gobierno Municipal;
IV. Ejercer el contralor sobre el ejercicio de las atribuciones del Alcalde o Alcaldesa.
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