(Atribuciones del cargo de Alcalde o Alcaldesa). Son atribuciones del Alcalde o Alcaldesa, sin perjuicio de los que le corresponden como Concejal Municipal:
I. Presidir las sesiones del Gobierno Municipal;
II.Cumplir y hacer cumplir la normativa departamental y municipal;
III.Dirigir la actividad administrativa del Gobierno Municipal;
IV.Ejercer la representación del Gobierno Municipal;
V. Ordenar los pagos de conformidad con la normativa vigente;
VI.Adoptar las medidas que entienda necesarias para el cumplimiento de los cometidos municipales, dando cuenta al Gobierno Municipal y estando a lo que éste resuelva;
VII.Requerir el auxilio de la fuerza pública siempre que resulte necesario para el ejercicio de las funciones del Gobierno Municipal.
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