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A.579

(Destino de los recursos). Los recursos que asigne el Gobierno Departamental a los Municipios estarán destinados a cubrir gastos de funcionamiento e inversiones.
Los funcionarios que cumplan tareas a cargo de los Gobiernos Municipales pertenecerán al contingente departamental de recursos humanos.
La asignación de recursos humanos a cada Gobierno Municipal será decidida por el Gobierno Departamental en función de sus cometidos, de los objetivos del sistema, de indicadores y los planes de desarrollo municipal.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
579
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. XXXVIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. V, Art. 579
Fuentes
Fuente: 
art. 27
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.A.0579.0000.0000.0000.0000