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A.585

(Transferencia de recursos). La modificación presupuestal para el ejercicio 2011, que se aprobará durante el año 2010, deberá prever los recursos humanos y materiales que se transferirán a los Municipios en forma inicial y hasta la entrada en vigencia del nuevo presupuesto quinquenal.
Hasta tanto se apruebe la referida modificación presupuestal la Intendencia deberá asegurar que los Municipios cuenten con los recursos humanos y materiales que permitan cumplir con sus cometidos a través de la asignación de funcionarios y la trasposición de recursos materiales a tales efectos.
Las normas presupuestales establecerán la modalidad y periodicidad en que se realizaran las transferencias de los recursos departamentales a los gobiernos municipales.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
585
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. XXXVIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. V, Art. 585
Fuentes
Fuente: 
art. 33
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.A.0585.0000.0000.0000.0000