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A.61

Cada Intendente proyectará el Presupuesto Depar­tamental que regirá para su período de Gobierno y lo someterá a la consideración de la Junta Departamental dentro de los seis primeros meses del ejercicio de su mandato.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
61
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título I, Art. 61
Fuentes
Fuente: 
art. 223
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.A.0061.0000.0000.0000.0000