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A.622

Vigencia
El presente Reglamento comenzará a regir a partir de la primera elección de Concejos Vecinales que se realice, luego que hayan iniciado sus funciones los Gobiernos Municipales en el mes de julio del año 2010.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
622
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. XXXVIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. IX, Art. 622
Fuentes
Fuente: 
art. 29
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0009.0000.0000.0000.0000.A.0622.0000.0000.0000.0000