Los Gobiernos Municipales de los ocho Municipios actualmente existentes en el Departamento de Montevideo se regirán en el ejercicio de su competencia por lo dispuesto en los artículos 15, 16, 21, 22 y 24 del Decreto Nº 33.209, de 28 de diciembre de 2009, los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 33.322, de 26 de abril de 2010, y las Resoluciones Nº 3.642/10, de 9 de agosto de 2010, y Nº 3.797/10, de 23 de agosto de 2010, así como por las disposiciones que en el futuro modifiquen o amplíen sus atribuciones, las de los Alcaldes o las Alcaldesas, o las de los Concejales Municipales.