Serán competencias de los Municipios respecto al mantenimiento de los espacios públicos :
a) Realizar el mantenimiento de los espacios públicos de escala municipal, en su respectiva jurisdicción territorial.
b) Planificar, dirigir, controlar y monitorear el mantenimiento de las áreas verdes de los espacios públicos de su jurisdicción territorial, realizado por cuadrillas municipales, contratos o convenios con empresas privadas, cooperativas, etc.
c) Realizar los llamados a licitación o convenios para el mantenimiento de los espacios públicos de escala municipal.
d) Informar y coordinar los proyectos a realizarse en el espacio público de competencia municipal, suministrando gráficos y memorias para su correspondiente inventario en el archivo general de los espacios públicos a nivel departamental.
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