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A.676

Los organizadores de los Escenarios Populares que realicen  espectáculos de carnaval y funcionen bajo la responsabilidad de organizaciones sociales, asociaciones civiles, clubes deportivos, comisiones de fomento, comisiones de escuelas o de por lo menos 5 (cinco) vecinos de la zona respectiva, podrán acogerse a los beneficios que  otorga la Intendencia Departamental de Montevideo.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
676
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IV, Cap. XXXVII, Secc. XXII, Art. 676
Fuentes
Fuente: 
art. 2
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0022.0000.0000.0000.0000.A.0676.0000.0000.0000.0000