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A.683.43

Los equipos técnicos de los CCZ´s que asesoran en este programa se integrarán necesariamente por el área social, urbanismo y todos aquellos profesionales o técnicos que se entienda necesarios.

Estos equipos serán los responsables de:

a) la evaluación técnica, económica y social de los servicios a prestarse, y;

b) el seguimiento de la utilización de los materiales asignados a los beneficiarios y realizarán todas las coordinaciones necesarias con los organismos competentes, para la capacitación en autoconstrucción y apoyo a los beneficiarios para el mejor cumplimiento de los objetivos del Programa.

El equipo técnico elevará el informe de cada solicitud al Consejo Municipal para su aprobación y una vez resuelto el otorgamiento del subsidio al beneficiario este suscribirá un convenio con el Municipio.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
683.43
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título IV, Cap. XXXVII, Secc. XXV, Art. 683.43
Notas: 

Ver art. 10º, num. 1 de la Res.IM Nº 3294/24 de fecha 29/07/2024.

 

Por Res.IM Nº 3296/24 de 29/07/2024, numerales 1º y 2º se aprobaron los modelos de convenios para el Programa Fondo Solidario de Materiales con subsidio parcial o total, según corresponda.

Fuentes
Fuente: 
art. 10
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0037.0000.0000.0000.0000.G.0025.0000.0000.0000.0000.A.0683.0043.0000.0000.0000