Se llevará un Registro Único de Beneficiarios, el que dará cuenta que el no cumplimiento de las obligaciones contraídas en el Convenio inhabilitará a las personas a acceder nuevamente a los beneficios del programa.
Sin perjuicio de ello, en caso de incumplimiento por parte de los beneficiarios de los compromisos asumidos en el Convenio, y de agotar las acciones voluntarias tendientes al cumplimiento de esas obligaciones, el Municipio podrá elevar a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación para promover las acciones judiciales correspondientes al recupero y/o cumplimiento correspondiente.
Por Res.IM Nº 3296/24 de 29/07/2024, numerales 1º y 2º se aprobaron los modelos de convenios para el Programa Fondo Solidario de Materiales con subsidio parcial o total, según corresponda.