Será de cargo de los beneficiarios del Programa "Fondo Solidario de materiales" creado por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 36.557 de 07 de diciembre de 2017 y sus modificativos(*), la ejecución de las obras, por sus propios medios.
Notas:
(*) Ver artículos 683.35 a 683.47 del Volumen I del Digesto Departamental.