Sin perjuicio de la autorización concedida a una organización social para el uso del local, el Gobierno Municipal podrá asignar espacios y horarios en dicho local a otras asociaciones sociales, siempre que no se altere el programa aprobado y en acuerdo con aquella. Asimismo el Gobierno Municipal podrá realizar directamente actividades puntuales, con aviso previo con una antelación de diez días y en coordinación con las organizaciones sociales que usen habitualmente el local.