Se clasificarán como informaciones reservadas, de acuerdo con el artículo 9º, literal E) de la Ley Nº 18.381, las que se establece a continuación:
A) Las propuestas tendientes a desarrollar e incentivar las inversiones en el Departamento de Montevideo, sometidas a análisis de la Comisión Asesora de Inversiones creada por la Resolución Nº 68/07 de 5 de enero de 2007.
B) La información geográfica y territorial no incluida en los enlaces de los sitios web institucionales http://www.montevideo.gub.uy y http://sig.montevideo.gub.uy.-
*Nota: Por el numeral 1 de la Resolución Nº 1848/21 de fecha 21 de mayo de 2001 se dejo sin efecto la Resolución Nº 68/07 de fecha 5 de enero de 2007. Por el numeral 2 de la referida Resolución se vuelve a crear la Comisión Asesora de Inversiones a la que hace referencia el literal A) del presente Artículo.
