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A.720

De acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Constitución de la República, se declara de interés general la conexión a las redes públicas  de saneamiento existentes en el país o que se construyan en el futuro.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
720
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título IV, Cap. XLI, Art. 720
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0041.0000.0000.0000.0000.A.0720.0000.0000.0000.0000