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A.778

Oficializar como obligatorio en toda comunicación institucional externa e interna (gráfica, audiovisual, sitio Web, papelería e impresos en general, vehículos, cartelería, vestimenta y otras posibles) el uso del Manual de Identidad Institucional y las modificaciones y agregados que al mismo se realicen.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
778
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título V, Cap. IV, Art. 778
Fuentes
Fuente: 
num. 1
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0005.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.A.0778.0000.0000.0000.0000