Se considera en lo sucesivo como límites del Departamento de Montevideo:
1º El río Santa Lucía desde su embocadura en el de la Plata hasta la confluencia del arroyo De las Piedras en él, y el giro, de este último, hasta su origen en la cuchilla de Pereira, que vierte aguas a Canelón Chico, Miguelete y Toledo.
2º Desde la cabeza de dicho arroyo De las Piedras, continuará la línea divisoria por el giro de la cuchilla denominada de Pereira, tocando en las vertientes del arroyo de Toledo cuyo curso será el límite del Departamento por esta parte, continuando hasta su confluencia con la barra de Carrasco, y de allí a su embocadura en el Río de la Plata.
Art. 1º de la Reglamentación de la Ley 84 de 28 de agosto de 1835.