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A.93

El Intendente podrá atribuir a comisiones espe­ciales la realización de cometidos específicos, delegando las facultades necesarias para su cumplimien­to.

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
93
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. I, Título I, Art. 93
Fuentes
Fuente: 
art. 278
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0001.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.A.0093.0000.0000.0000.0000