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Aplicación de medidas cautelares según artículo 24 capitulo V de la Ley N.º 18.308 de Ordenamiento Territorial

      Se añade nota al artículo D.223.201 del Volumen IV del Digesto Departamental atendiendo a que por Res. IM Nº 1626/22 de fecha 25 de abril de 2022 se promulga el Decreto Nº 37.982 sancionado el 7 de abril de 2022 por el cual se faculta a la Intendencia de Montevideo a aplicar medidas cautelares, según lo dispuesto en el artículo 24 del Capítulo V de la Ley N.º 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, de 18 de junio de 2008, para el área delimitada que se indica, pudiendo consecuentemente suspender las autorizaciones de uso del suelo, fraccionamiento, urbanización, construcción o demolición hasta la aprobación del instrumento definitivo de revisión del Plan Especial de Ordenamiento, Protección y Mejora de la Ciudad Vieja.-