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Circulación de bicicletas

Por Dto. de la Junta Departamental de Montevideo Nº 38.778 de fecha 22 de julio de 2024, se modifica el art. 154 del Dto.JV Nº 19.023 de fecha 27 de diciembre de 1978, el que se encuentra incorporado como artículo D.691 de la Sección I "Normas Generales", Capítulo III "De la circulación en bicicletas y similares", Título III "De la regularización de la circulación", Parte Legislativa, Libro IV "Del tránsito público" del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Departamental.