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Creación de la Sección VII “De las licencias por cambio de domicilio”, en la cual se incorporaron los artículos R.342.38 a R.342.41.

En virtud de la aprobación de la Res.IM Nº 3740/19, de fecha 29 de julio de 2019, que establece la reglamentación de la licencia por cambio de domicilio. Se procedió a crear la Sección VII “De las licencias por cambio de domicilio”, en el Capitulo IX.I “De las licencias especiales”, Titulo Único, Parte Reglamentaria, Libro III “De la relación funcional”, Volumen III “Relación Funcional”, del Digesto Departamental. En la cual se incorporaron los artículos R.342.38 a R.342.41.