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Cuentas extrapresupuestales para los Municipios

      En virtud a lo previsto por el artículo 27 del Decreto JDM Nº 37.847 de 03/12/21 se incorpora el Artículo 539.3 al Volumen I del Digesto Departamental, cuyo contenido refiere a facultar a la Intendencia de Montevideo a crear cuentas extrapresupuestales en la órbita de los Municipios cuya finalidad será la administración de los ingresos provenientes del Fondo de Incentivo de los Gobiernos Municipales.-