Los funcionarios municipales presupuestados con cargo a "Rentas Generales" que obtengan títulos habilitantes para ejercer profesiones universitarias (títulos máximos de cada Facultad), y que sean titulares de cargos cuyas denominaciones no correspondan a aquellas, estarán obligados a desempeñar las tareas propias del cargo que posean. En caso de que, por vía de excepción y por resolución expresa de la Intendencia Municipal, se disponga el desempeño de funciones que lleven implícito su correspondiente profesión, percibirán las diferencias de retribuciones y compensaciones al grado inferior del escalafón Profesional y Científico mientras subsista en esa situación.