Se admite en forma transitoria desde el 19 de julio de 2011, dentro del corriente período legislativo(*) con evaluación anual, la venta callejera en espacios públicos de tortas fritas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos siguientes.
Notas:
(*) El corriente período legislativo abarca el período que va desde julio de 2010 hasta julio de 2015.