El titular del Centro Colectivo de Elaboración deberá presentar los Procesos Operativos Estandarizados de Saneamiento que deberán ser auditables por el Servicio de Regulación Alimentaria para poder ser habilitado, siendo el responsable de su seguimiento. Esta documentación deberá constar por escrito y estar siempre a disposición para su verificación por parte de dicho servicio.