El responsable de un Centro Colectivo de Elaboración con más de tres empresas alimentarias elaboradoras deberá declarar, al momento de la habilitación, un asesor técnico alimentario competente con los giros principales. Sin perjuicio de lo anterior, las empresas alimentarias que funcionen dentro del Centro Colectivo de Elaboración que elaboren para venta a terceras empresas deben de contar cada una con su técnico responsable.