Sin perjuicio de lo que disponga la reglamentación a dictarse por la Intendencia de Montevideo, no podrán instalarse puestos de venta callejera de tortas fritas en avenidas, bulevares y ramblas del Departamento.
Sin perjuicio de lo que disponga la reglamentación a dictarse por la Intendencia de Montevideo, no podrán instalarse puestos de venta callejera de tortas fritas en avenidas, bulevares y ramblas del Departamento.
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