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D.203

Suelo Suburbano No Habitacional de Servicios (SSS).- Son áreas del territorio conformada por enclaves destinados a grandes equipamientos de servicio de carácter metropolitano o nacional de inserción conflictiva en el Suelo Urbano por su impacto territorial. Se corresponden con programas singulares que por sus características poseen cierto grado de desarrollo autónomo, ameritan su aislamiento del entorno inmediato, requieren predios de grandes dimensiones, buena accesibilidad a la vez que pueden constituirse en “barreras” de contención de la expansión urbana sobre suelo rural.
El Suelo Suburbano No Habitacional de Servicios comprende el área señalada como tal en la lámina “Subcategorías de Suelo” de la cartografía de referencia y aquellos padrones que se correspondan con las características mencionadas.
En estas áreas se propenderá a:
- Minimizar la interferencia de estas actividades con su entorno inmediato.
- Asegurar los vínculos funcionales que propicien el correcto desarrollo de las actividades.
- Integrarlas en estrategias de preservación de situaciones territoriales vulnerables, contribuyendo al “control” de los procesos expansivos urbanos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
203
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. I, Cap. VI, Secc. V, Art. 203
Fuentes
Fuente: 
art. 4
Observaciones: 
art. 32º de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0001.0000.0000.0000.0000.F.0006.0000.0000.0000.0000.G.0005.0000.0000.0000.0000.D.0203.0000.0000.0000.0000