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D.2089

Toda persona física o jurídica que desee ejercer trabajos de control de plagas (insectos y roedores), deberá previamente registrarse en el Servicio de Salubridad Pública de la Intendencia de Montevideo.
Al efectuar dicho registro declarará:
a) Nombre y domicilio de la empresa
b) Técnico responsable
c) Nómina completa de su personal
d) Tareas que se proponen realizar y métodos de trabajo
e) Lista detallada de los productos a emplear
f) Cartillas de información para entregar a los usuarios para asesorarlos sobre los riesgos, de acuerdo a lo indicado en el art. D.2096.
Cualquier modificación de los términos establecidos en la solicitud de registro deberá ser comunicada previamente, salvo la modificación en la nómina de personal que podrá ser informada dentro de los 30 días de producida la incorporación de nuevos funcionarios.
Simultáneamente con la declaración establecida precedentemente, deberá presentar los carnés de salud y de colinesterasa de todos los empleados que realizan tareas de control de plagas y de su personal técnico.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2089
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte LVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Título VIIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Cap. IVVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Secc. VI, Art. 2089
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Fuente: 
art. 8
Observaciones: 
Fuente: 
art. 15
Observaciones: 
Fuente: 
art. 16
Observaciones: 
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0007.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0006.0000.0000.0000.0000.D.2089.0000.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.2089