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D.2156.3

Serán sujetos pasivos del tributo el propietario, promitente comprador con promesa inscripta, titular de un derecho real de uso y goce del inmueble, el subarrendador y el cedente del arrendamiento; en este último caso tanto el que actúe con permiso escrito del arrendador y/o subarrendador, como el mencionado en el artículo 65 del Decreto -ley 14.219 de 4 de julio de 1974, en las condiciones allí establecidas.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
2156.3
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. VIVol. II, Libro I, Parte R, Título I, Cap. I, Art. 2, Parte L, Título X.I, Cap. ÚNICO, Art. 2156.3
Fuentes
Fuente: 
art. 3
Administrativo
Órden: 
A.0006.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.E.0010.0001.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.D.2156.0003.0000.0000.0000
Id: 
VI-D.2156.3