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D.223.210.3

Para el predio padrón Nº 76.327 rigen los siguientes parámetros urbanos:
El predio sólo deberá destinarse a programas de Viviendas de Interés Social, excepto la edificación de 150 metros cuadrados sobre la calle Joaquín Artigas, la que se destinará a centro de datos e infraestructura de telecomunicaciones.
Alturas: la altura máxima se determina por el plano horizontal a 9 metros, medido desde el punto medio del frente del predio a nivel de vereda sobre la calle Juan Acosta.
Sobre la calle Joaquín Artigas y en una faja paralela a la misma, de profundidad máxima 30 metros, se debe construir una edificación hasta 150 metros cuadrados destinado a centro de datos e infraestructura de telecomunicaciones, con altura máxima 22,20 metros medidos desde el punto medio del frente del predio a nivel de vereda sobre dicha calle. El nivel inferior de dicha edificación debe estar a una altura mínima de 18 metros.
Por encima de 22,20 metros, no se admiten construcciones tales como salas de máquinas, cajas de escaleras, tanques de agua, portería, ni obras de coronamiento que generen volúmenes cerrados.
Retiro frontal: 5 metros.
FOS: 60%.
Uso del suelo: Uso Preferente Residencial con servicios y equipamientos complementarios.
Régimen de gestión del suelo: rige Régimen Específico con un plazo de 5 años.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.210.3
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título IV, Cap. IV, Secc. IV, Art. 223.210.3
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D 210.3
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.0223.0210.0003.0000.0000