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D.223.213.4

Régimen especial para los predios resultantes del reparcelamiento de los padrones nos. 57.268, 143.845 y 57.278.
Régimen de gestión del suelo: Rige Régimen Específico con un plazo de 3 años. Se establece la aplicación de un porcentaje nulo para la alícuota del mayor aprovechamiento y retorno de valorizaciones.
1.- Predio donde se ubica el edificio de la exfábrica textil La Aurora - Martínez Reina SA, con frente a las calles Uruguayana, Inocencio Raffo y vía férrea.
Uso del suelo: El predio sólo deberá destinarse a programas de Viviendas de Interés Social, y destinos compatibles.
Parámetros urbanos: La edificación existente correspondiente a la exfábrica textil La Aurora - Martínez Reina SA debe ser reciclada, manteniéndose el volumen construido.
Gálibo: Rige gálibo, admitiendo su ampliación en un nivel sobre azotea, con un volumen de altura máxima 3,50 metros sobre esta, y retirándose una distancia de 3,50 metros de todas las fachadas del edificio existente.
Restricción de destinos: No se deberán ubicar locales habitables o con alta concentración de personas en una faja de 20 metros a partir del eje de la vía férrea, en la edificación existente y su ampliación en azotea.
Estacionamientos: debe contar con un mínimo de 27 sitios.
2.- Predio con frente a la calle Uruguayana y vía férrea.
Uso del suelo: El predio sólo deberá destinarse a programas de Viviendas de Interés Social, y destinos compatibles.
Retiro frontal: Frente la calle Uruguayana, no rige el retiro frontal, pudiendo las edificaciones alinearse con la fachada de la ex
exfábrica textil La Aurora - Martínez Reina SA. Frente a la vía férrea, el retiro frontal deberá poseer 20 metros, que se contará a partir del eje de la vía férrea.
Retiro Lateral: de 12 metros respecto a la edificación de la exfábrica textil La Aurora – Martínez Reina S.A.
Altura máxima de las edificaciones: corresponderá a la altura del edificio de la exfábrica textil La Aurora - Martínez Reina S.A.
Gálibo: Rige gálibo, se admite un nivel, retirado 3,50 metros de todas las fachadas.
Factor de Ocupación del Suelo: 80%.
Estacionamientos: según disponga la normativa vigente.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.213.4
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título IV, Cap. IV, Secc. IV, Art. 223.213.4
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
Incorpora el artículo D.213.4. (art. D.213.4)
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0004.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.G.0004.0000.0000.0000.0000.D.0223.0213.0004.0000.0000