De acuerdo con el Plan Especial Arroyo Miguelete de Agosto de 2002, se dispone que los predios pertenecientes al área delimitada por: eje del cauce del Arroyo Miguelete; avenida Agraciada; camino Castro; calle Coronel Felipe Caballero; calle Dr. Marcelino Díaz y García; avenida Agraciada; calle Ángel Salvo; calle Fraternidad; calle Aurora; acceso rutas Nacionales Nº 1 y Nº 5; línea paralela a 25 metros de la ribera derecha del Arroyo Miguelete; y Bahía de Montevideo, deberán solicitar un Certificado Libre de Riesgo de Contaminación por Metales Pesados ante el Laboratorio de Higiene Ambiental dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental previo a cualquier gestión que se realice ante el Servicio de Contralor de la Edificación, según lo indique la reglamentación respectiva.