Condiciones de demolición. En los ámbitos de aplicación del presente régimen y salvo peligro inminente para transeúntes o predios linderos, no se autorizarán demoliciones si previamente no se hubiera aprobado el correspondiente permiso de construcción, el cual deberá ajustarse a lo establecido en esta normativa y establecer las fechas de iniciación y terminación de las obras proyectadas.