Los toldos no superarán el ancho del vano sobre el que se implanten en más de 0,15 metros de cada lado; cuando se pretenda cubrir más de un vano con un mismo toldo, este deberá cumplir con las siguientes condiciones:
a) no superponerse en ningún caso a elementos significativos de la fachada;
b) la distancia entre vanos a cubrir no podrá superar el ancho del vano de menor dimensión horizontal.
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