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D.223.301.420

Lineamientos de la norma de Suelo Suburbano No Habitacional:

1. Propiciar el desarrollo del suelo suburbano en coherencia con el sistema de ordenamiento territorial del departamento.

2. Brindar elementos para la mejora de la gestión de los suelos suburbanos.

3. Asegurar que los emprendimientos resuelvan dentro del perímetro del propio predio los impactos generados por la actividad, sin producir externalidades negativas en el entorno y el ambiente.

4. Propiciar la generación de espacio público - privado de calidad que articule la actuación pública con las condicionantes de implantación en suelos privados.

5. Promover criterios de resiliencia y sustentabilidad urbana que incorporen la gestión integral de las aguas, el uso de infraestructuras verdes, la gestión integral de residuos e innovaciones tecnológicas que consideren la adaptación urbana en escenarios inciertos.

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.301.420
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título X, Cap. III, Secc. I, Art. 223.301.420
Fuentes
Fuente: 
art. 5
Observaciones: 
art. 2º de las "Normas complementarias en Suelo Suburbano", aprobadas por el art. 1º del Decreto.
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.F.0003.0000.0000.0000.0000.G.0001.0000.0000.0000.0000.D.0223.0301.0420.0000.0000