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D.223.319

Trámite de Viabilidad de Usos.
En todos los casos en que se trate de establecimientos industriales cuya superficie supere los 50 metros cuadrados, se deberá gestionar ante la oficina competente un Informe de Viabilidad de Usos.
Independiente de la superficie del establecimiento, se deberá gestionar la Viabilidad de Usos cuando:

- manufacturen, fraccionen o manipulen alimentos no envasados de venta al por mayor.

- fraccionen o comercialicen gas licuado de petróleo y otros materiales inflamables o explosivos o tóxicos.

- se dediquen a laboratorio de especialidades farmacéuticas o laboratorio de productos veterinarios.

- brinden servicios de cualquier tipo para vehículos (gomerías, suministro de combustibles, acciones de mantenimiento, reparación o conservación, etc.).

Identificadores
Tipo: 
D
Número: 
223.319
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. IV, Libro II, Parte L, Apar. II, Título X, Cap. I, Secc. III, Art. 223.319
Fuentes
Fuente: 
art. 1
Fuente: 
art. 11
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.319
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.319
Fuente: 
art. 1
Observaciones: 
art. D.319
Administrativo
Órden: 
A.0004.0000.0000.0000.0000.D.0002.0000.0000.0000.0000.B.0001.0000.0000.0000.0000.C.0002.0000.0000.0000.0000.E.0010.0000.0000.0000.0000.F.0001.0000.0000.0000.0000.G.0003.0000.0000.0000.0000.D.0223.0319.0000.0000.0000
Id: 
IV-D.319