Emprendimientos que ocupan más de un predio. Se consideran como parte de un mismo emprendimiento todas las actividades propias para el funcionamiento de dicho emprendimiento que se encuentren emplazadas en predios diferentes hasta una distancia máxima de 1.000 (mil) metros, medidos de forma lineal desde los límites del predio. Dicha distancia se medirá entre los puntos más cercanos de los predios considerados.