Contenido. Consecuentemente define:
A) Las estructuras y los sistemas territoriales.
B) La zonificación, usos y ocupación del suelo; incluyendo también el subsuelo y el vuelo, dentro de los límites de la competencia departamental.
C) Los regímenes del suelo a efectos de su gestión.
D) La regulación del uso y aprovechamiento del suelo, amanzanamientos y fraccionamientos, construcción de infraestructuras y edificabilidad, así como la implantación de actividades.
E) La definición de políticas de renovación y desarrollo urbano, de preservación y aprovechamiento productivo del Suelo Rural y de protección del patrimonio cultural y natural del Departamento.
F) La explicitación de los principales instrumentos de gestión urbana y territorial.
G) El establecimiento de los programas para su desarrollo y ejecución.
En referencia a la zonificación del suelo, ver artículo 5º del Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013 que incluye cuadro comparativo de referencias de subcategorìas y áreas diferenciadas de suelo.