Contrato-Programa: selección de ofertas. La Intendencia seleccionará la oferta más conveniente a los intereses generales y establecerá con el adjudicatario un contrato-programa para el desarrollo de la actuación.
Establecido dicho contrato, los adjudicatarios redactarán el Plan Especial de Ordenación o el Proyecto de Detalle, según el caso, de acuerdo con el avance presentado y las directrices que fije la Intendencia .
Aprobados estos, según corresponda, y previa autorización de la Junta Departamental para la expropiación de los inmuebles afectados, la Intendencia procederá a la expropiación, de acuerdo con la legislación vigente. La financiación del costo de la expropiación será repercutida a los adjudicatarios, que podrán recibirlos en concesión de obra pública departamental, para destinarlos ineludiblemente a lo especificado en los planes y proyectos correspondientes y en los contratos-programa.
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