Los reparcelamientos que configuren regularización de predios, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 12 de la Ley Nº 10.723 de Formación de Centros Poblados, serán objeto de reglamentación por la Intendencia de Montevideo.
Los reparcelamientos que configuren regularización de predios, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 12 de la Ley Nº 10.723 de Formación de Centros Poblados, serán objeto de reglamentación por la Intendencia de Montevideo.
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